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mayo  3, 2024

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Impacto del Código Civil y Comercial a relaciones jurídicas anteriores a su vigencia

-Comentario al fallo DISTRI-HUR S.A. Y OTRO c/PEPSICO DE ARGENTINA S.R.L. s/ORDINARIO-

Por Florencia Alemanno


“Ha quedado en evidencia en el fallo que comentamos que inicialmente las partes no coincidían respecto a la naturaleza contractual del vínculo que las unía: las actoras manifestaban hallarse vinculadas con Pepsico por una relación de distribución comercial no formalizada por escrito y la demandada argumentaba estar vinculada a las actoras por una simple sucesión de compraventas. Sin perjuicio de ello, una vez que el juzgado de primera instancia calificara a la relación que vinculaba a las partes como una relación de distribución comercial, ninguna de las ellas manifestó controversia al respecto, quedando firme y consentida por las contendientes la cuestión. A su vez, las actoras propiciaron la aplicación del Código Civil y Comercial (en adelante CCyC) a una relación que tuvo fin antes de la entrada en vigencia de dicho cuerpo legal, y las demandadas se pronunciaron por su inaplicabilidad. Cierto es que la relación nació, se desarrolló y se extinguió antes de la entrada en vigencia del nuevo CCyC el 1 de agosto de 2015, lo cual -anticipo- hace inaplicable al caso la normativa prevista en dicho cuerpo legal.”

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Términos mencionados en esta doctrina: pepsico, distribución, relación, contrato, actoras, comercial, vigencia, respecto, contractual, artículo.

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